Libro de subcontratación

El libro de subcontratación es el documento en el cual el contratista debe reflejar por orden cronológico desde el comienzo de los trabajos, todas las subcontrataciones realizadas en la obra con empresas subcontratistas y autónomos. Al igual que al libro de incidencias es obligatorio tenerlo en la obra.

El libro de subcontratación tiene como finalidad controlar el régimen de subcontratación. El contratista deberá tenerlo presente en obra, actualizado y accesible para los siguientes usuarios:

  • Promotor
  • Empresas y autónomos del centro de trabajo
  • Técnicos de prevención y delegados de prevención
  • Autoridad Laboral

El modelo del libro de subcontratación será habilitado por el RD 1109/2007, de 24 de agosto, y tendrá el siguiente formato:

Libro de Subcontratación

El contratista tendrá una serie de obligaciones durante la ejecución de la obra, tales como:

  • La empresa contratista deberá conservar dicho libro durante los cinco años posteriores a la finalización de la obra.
  • Se deberá comunicar las subcontrataciones al coordinador de Seguridad y Salud, así como a los representantes de los trabajadores. Además, deberá reflejar por orden cronológico las subcontrataciones.
  • Llevarlo en orden, al día y con arreglo de las normas.
  • Cumplimentar todos los datos que se solicitan.

Sanciones por incumplimiento del libro de subcontratación.

¿A que sanciones se enfrentan las empresas?. Las sanciones por incumplimiento de alguna conducta en el libro de subcontratación son clasificadas como leves, graves o muy graves en función de la propia conducta.

Por una parte, tenemos algunas sanciones leves directamente relacionadas con el libro de subcontratación, como por ejemplo no disponer del mismo en la obra. La sanción oscila de 40 a 2045 €.

Por otra parte, se considerarán como infracciones graves el vulnerar el derecho a la información y derecho de acceso al libro de subcontratación de cualquier parte interesada. Así mismo, no tener el libro en orden y al día también se considera infracción grave. Las sanciones en € para estas infracciones oscilan entre 2046 y 40.985 €.

Por último, tenemos algunas conductas clasificadas como muy graves como por ejemplo permitir que se superen los niveles de subcontratación sin la expresa autorización de la dirección facultativa. En este caso las sanciones ascienden de 40.986 a 819.780 €.

En el siguiente cuadro, se muestran todas las sanciones e infracciones relacionadas con el ámbito de la subcontratación con mayor detalle:

Cuadro de infracciones y sanciones

Mantener actualizado el libro de subcontratación y cumplir con las normas relativas al mismo será clave para llevar a cabo una adecuada coordinación de actividades empresariales y evitar posibles sanciones.

Fuentes consultadas:

www.Iberley.com/Sanciones-Infracciones-Contratas-Subcontratas
https://envira.es/es/libro-subcontratacion-cuando-es-obligatorio/

Autor:

Serban Iordache, Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales en Metadata SL

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