Especialidades preventivas I: Seguridad en el Trabajo

En el artículo ¿Por qué mi empresa debe tener concertarda una modalidad preventiva y qué especialidades tiene que cubrir?  identificamos las distintas modalidades preventivas que una empresa debe tener concertada según el Reglamento de los Servicios de Prevención y describimos, brevemente, en qué consisten las cuatro especialidades preventivas: seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada y medicina del trabajo.

En este artículo, nos centraremos en reconocer de una forma más detallada en qué consiste la rama de la Seguridad en el trabajo.

Concepto y objetivos de la Seguridad en el Trabajo

A menudo es conocida por los profesionales de la seguridad y salud en el trabajo como la disciplina preventiva más técnica, al centrarse mayormente en la actuación sobre el entorno físico del trabajador con el objetivo de reducir o eliminar el riesgo de aparición de los accidentes de trabajo.

En base a su definición, existen dos objetivos fundamentales:

  • Detectar y controlar los riesgos de los accidentes de trabajo.
  • Proteger al trabajador.

Técnicas de seguridad

En esta especialidad de la prevención, dan lugar un conjunto de normas y técnicas básicas que garantizan el que los trabajadores realicen su trabajo en condiciones óptimas para su seguridad y salud.

Atendiendo al ámbito de aplicación, las técnicas de seguridad pueden clasificarse en:

  1. Técnicas generales polivalentes: son de aplicación universal, es decir, pueden aplicarse en todo tipo de empresas y actividades laborales.
    1. Técnicas analíticas: atienden al análisis de los riesgos, el cumplimiento de las normas, la investigación de los accidentes y las inspecciones de seguridad.
    1. Técnicas operativas: atienden a la señalización, colocación de protecciones, formación e información del trabajador, etc.
  2. Técnicas específicas sectoriales: son concretas y se ciñen a riesgos profesionales definidos.

Si bien, para que estas técnicas funcionen de forma efectiva, deben actuar y ocuparse de los factores que influyen y que son necesarios para que el accidente se produzca. En este sentido, son dos los principales factores que intervienen en el día a día de los procesos productivos:

  • Factor técnico: capaz de generar riesgos para la salud de los trabajadores.
  • Factor humano: causante y a su vez receptor de los riesgos.

Así, si se consigue que los factores técnicos y humanos queden controlados, no fallen y se realice el trabajo en un entorno seguro y libre de riesgo se estará cumpliendo con el fin último de la seguridad en el trabajo, que los accidentes y los posibles daños a los trabajadores no se produzcan.

Identificación, evaluación y control de riesgos específicos

Los técnicos de prevención de riesgos laborales desarrollan la especialidad de seguridad en el trabajo mediante la identificación, evaluación y control de los riesgos específicos vinculados a los factores arriba mencionados. Estos factores están relacionados con las siguientes actividades o áreas de trabajo:

Identificación, evaluación y control de riesgos específicos
  1. Lugares y espacios de trabajo: aparece regulado bajo el RD 486/1997 y comprende todas aquellas áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores permanecen o acceden con motivo de su trabajo. Incluye la evaluación de:
    • Las condiciones constructivas: atendiendo al diseño y características de los espacios y zonas de trabajo, a las dimensiones, suelos, aberturas, desniveles, escaleras, vías de circulación, puertas, salidas, ventanas, etc.
    • Condiciones ambientales e iluminación: atendiendo a la temperatura, humedad relativa y velocidad del aire, de forma que se eviten temperaturas y humedades extremas, cambios bruscos de temperatura, etc. En cuanto a la iluminación, deberá adaptarse a las características de la actividad que se efectúe en ella. Si bien, las mediciones de estas condiciones se engloban en la especialidad higiene.
    • Condiciones en servicios higiénicos, locales de descanso, emergencias y material requerido para primeros auxilios.
  2. Equipos de trabajo y herramientas: son muchos los accidentes que se producen por el mal uso o el deficiente o inseguro estado de las herramientas de trabajo. Es fundamental que se cumplan unos criterios de seguridad para evitar los riesgos de cortes, golpes, atrapamientos, proyecciones, etc.
    • Herramientas manuales y portátiles: atendiendo al estado, a la adecuada utilización, al transporte y almacenamiento de las mismas, así como al empleo de aquellas que sean las apropiadas para la tarea.
    • Máquinas: aparecen reguladas bajo el RD 1215/1997 sobre equipos de trabajo, entre otras. Deben cumplir con lo establecido en las normas que garantizan las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la utilización de las máquinas, incluido el de marcado CE, además de ser utilizadas bajo las condiciones indicadas por el fabricante. Es imprescindible que las medidas de protección y seguridad se extiendan desde las fases de construcción, montaje y desmontaje, pasando por la utilización y mantenimiento incluyendo la adecuación a las características propias del trabajador y la fatiga del mismo.
  3. Manipulación de cargas, almacenamiento y transporte: atendiendo a las fases del movimiento de materiales (levantamiento, transporte y descarga) y a la preferencia en el uso de equipos mecánicos para ello, con especial cuidado ante los riesgos de atrapamientos, caída de objetos, caídas a distinto nivel, choques, golpes, etc.
  4. Electricidad: atendiendo al estado de la instalación eléctrica, a la adecuación a la normativa del RD 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la salud y seguridad frente al riesgo eléctrico y al Reglamento Electro-Técnico de Baja Tensión, así como a la protección de los trabajadores contra el riesgo de accidente por contacto eléctrico directo o indirecto.
  5. Incendios: requieren la atención a las condiciones de protección contra incendios. Aparece regulado en el RD 2267/2004 de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales y en el RD 314/2006 por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como en la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, entre otros.
  6. Productos químicos, residuos tóxicos y peligrosos: aunque los contaminantes químicos se engloban más específicamente en la especialidad de higiene industrial, es importante tener en cuenta que, en muchos casos, los accidentes relacionados con estas sustancias están producidos por el tratamiento que el trabajador tiene con las mismas. En este sentido, es importante atender a la manipulación, al transporte y a un comportamiento seguro en caso de derrames, fugas, etc.

En definitiva, lo anterior es una lista completamente abierta de riesgos a los que los empresarios, profesionales de la prevención y los propios trabajadores deben atender para cumplir con la finalidad última de esta especialidad llamada seguridad en el trabajo: evitar los accidentes laborales. De modo que,a través de técnicas, procedimientos y la aplicación de medidas preventivas, se controlen o eliminen dichos riesgos; sin olvidar que, en muchas ocasiones, es el factor humano el que provoca el accidente y, por ello, en cualquier caso, es imprescindible poner el foco de atención en las labores de formación e información al trabajador.

Todas las disciplinas están interrelacionadas entre sí

Tal y como indica el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, “los factores de riesgo derivados de la seguridad en el trabajo no pueden tratarse desde una perspectiva estanca y aislada”. Como ya se ha mencionado, hay situaciones y riesgos que se relacionan a su vez con otras disciplinas como las que estudian las condiciones ambientales de los lugares de trabajo, los aspectos ergonómicos y los psicosociales; al estar demostrado que favorecen y pueden provocar la aparición de accidentes y daños en el trabajador.

Además de esto, cabe apuntar lo ligadas que están la normativa sobre seguridad industrial y seguridad del producto, cuestión que hace que los profesionales de la seguridad en el trabajo también sean conocedores de la seguridad de las instalaciones, máquinas, equipos, materiales de construcción, etc., que se encuentran en los lugares de trabajo.

Fuentes y enlaces de interés:

INSST: ¿Qué otras disciplinas están interrelacionadas con el trabajo?

BOE: RD 486/1997, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Blog QuirónPrevención: ¿Qué es la seguridad en el trabajo?

Autora:

Irene Gómez Pavón – Técnico Superior PRL en MetaContratas.

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