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Miriam Díaz Ruiz

Técnico Superior PRL en MetaContratas

¿Conoces la última mejora del Registro de Empresas Acreditadas (REA)?

En nuestro artículo Registro de Empresas Acreditadas (REA) detallamos qué era el REA y qué se acreditaba con ello. Recordemos que este pretende acreditar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen con los requisitos de capacidad y calidad en lo que a la prevención de riesgos laborales se refiere. No es hasta el 26 de agosto de 2008, cuando se les exigen a las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra que acrediten que sus empresas contratistas o subcontratistas están inscritas en el Registro, solicitando para ello un certificado de inscripción.

¿Qué se acredita a través de la inscripción en el REA?

A través de la inscripción en el Registro de empresas acreditadas se acredita que:

  • Se dispone de la infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad y ejercer directamente la dirección de los trabajos, asumiendo los riesgos, obligaciones y responsabilidades inherentes a la actividad empresarial.
  • Su personal cuenta con la formación necesaria en material de prevención de riesgos laborales.
  • Disponen de una organización preventiva adecuada.

¿Quién está obligado a inscribirse?

  • Todas aquellas empresas y trabajadores autónomos con asalariados que pretendan ser contratadas o subcontratadas para realizar trabajos en una obra de construcción.
  • Aquellas empresas que realicen actividades de construcción, aunque pertenezcan a otro sector productivo.
  • Las administraciones públicas, si participan como contratistas o subcontratistas en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción.

 

¿Qué validez tiene la inscripción y qué ocurre si no se realiza la renovación en plazo?

La Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas tiene validez en todo el territorio nacional y una duración de 3 años.

Aquellas inscripciones que cumplan su plazo de inscripción y no hayan sido renovadas serán canceladas automáticamente por el sistema REA. Desde ese momento figurarán como no inscritas y la aplicación no expedirá certificados de inscripción a su favor.

 

¿En qué consiste la última mejora del REA de julio de 2023?

A partir del día 18 de julio de 2023 entra en funcionamiento una nueva versión de la aplicación REA. Esta nueva versión incluye mejoras tales como:

  • Una mejora en la lógica del tratamiento de firmas electrónicas. En las solicitudes iniciadas por el representante de empresa, se dejará de firmar el apunte y se pasará a firmar los documentos PDF generados en los trámites de solicitud de Inscripción, Renovación, Modificación y Cancelación.
  • En los documentos de notificaciones (requerimiento de subsanación, desistimientos, denegación, resolución y acuerdo de inicio de trámite de cancelación de oficio) la firma será visible en el propio documento PDF generado.
  • Se permitirá la visualización de la firma del apunte en aquellos trámites que la generen.
  • Se añade la integración con GEISER en las solicitudes iniciadas por el representante de la empresa.

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