La señalización en la prevención de riesgos laborales

Uno de los objetivos primordiales en cualquier puesto de trabajo debe ser la seguridad y salud de todos y cada uno de los trabajadores.

Es responsabilidad del empresario velar por el cumplimiento de estas medidas según lo establecido por la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y el Art. 3 del R.D. 485/1997 sobre las disposiciones mínimas de señalización.

Hoy hablaremos sobre la señalización en materia de seguridad y salud, aclarando desde el principio que la señalización NO constituye por sí misma un método de protección ante los riesgos, sino que es una advertencia acerca de los mismos para que el personal tenga constancia de su presencia y aplique las medidas preventivas necesarias.

Antes de continuar, conviene aclarar qué se entiende por señalización; Según lo dispuesto en el Art. 2 del Real Decreto 485/1997 sobre las disposiciones mínimas en señalización:

Se consideran como tal una señalización que, referida a un objeto, actividad o situación determinada, proporcione una indicación o una obligación relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, según proceda.

¿Qué obligaciones tiene el empresario y qué medidas debe tomar?

  • Formación e información de los trabajadores sobre los diferentes tipos de señalización existentes.
  • Consulta y participación de los trabajadores en la toma de decisiones de la empresa.
  • Verificación del estado adecuado de los dispositivos de señalización.

El uso de dispositivos de señalización viene determinado por una serie de situaciones que han de tenerse en cuenta para escoger el tipo de señal que más se adapte. Los criterios para la utilización de dispositivos de señalización están estipulados por el Art. 4 del RD 485/1997. 

Criterios para la utilización de dispositivos de señalización

  1. Llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
  2. Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación.
  3. Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
  4. Orientar o guiar a los trabajadores que realicen determinadas maniobras peligrosas.

Es importante saber distinguir qué significan las formas y los colores de cada tipo de señal, ya que en función de las características el significado es diferente:

tabla de señalizacion peligros prl

 

Autora:

Marta Carmona Martín – Técnico PRL en Metadata SL

Bibliografía

  • https://www.pv.ccoo.es/9e5d85723d95fcf1d6ee3c4c9e790910000053.pdf
  • https://www.areatecnologia.com/.
  • https://www.art-ser.es/12-senales-obligacion-din

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